Ley Nº21.420 ¿Qué cambios experimentarán las empresas de servicios con el pago del IVA?

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El 27 de enero de 2022 fue promulgada la Ley 21.420, la cual contempla modificaciones para eliminar o reducir un conjunto de exenciones tributarias. Una de estas obliga a las sociedades de servicios a facturar con IVA y pagar este impuesto mensualmente en el Formulario 29 desde el 1 de enero de 2023.

Si bien el sentido de esta ley es aumentar la recaudación fiscal de forma permanente, considerando especialmente la necesidad de financiar la recientemente creada pensión garantizada universal (PGU), para las sociedades de servicios que siempre han facturado exentas del pago de IVA asoma un nuevo escenario tributario que implica contar con un capital adicional para cubrir el 19% de su facturación mensual o bien restarlo de ella.

Principales cambios

En este sentido, la contadora y Nubox partner, Fernanda Silva, detalló los principales cambios que experimentarán las empresas de servicios desde febrero, cuando deban pagar el primer mes de IVA correspondiente a enero de 2023. Según la profesional muchas empresas están confundidas y desorientadas sobre cómo les afecta o qué deben cambiar en el proceso de cumplir con la obligación mensual del F29 con pago de IVA.

“Esto está afectando el flujo de caja, pues las empresas tendrán que recaudar el dinero correspondiente al IVA. Habrá una pérdida de clientes por cobrar un 19% extra en comparación con el 2022, ya que si la empresa tiene clientes que son personas naturales o empresas exentas de IVA, es probable que pierda clientes porque está cobrando más por el mismo servicio”, agregó.

Mayor planificación y ordenamiento

Silva considera que ahora las empresas tendrán que tener una mayor planificación y ordenamiento para poder separar y guardar el IVA débito fiscal que se tendrá que pagar en el F29 correspondiente. Además, muchas de estas empresas de servicios no tienen o tienen muy pocas compras que incluyen el IVA, por lo tanto, no hay un IVA crédito fiscal que rebajar del IVA débito.

Transformación a Sociedad de Profesionales

Asimismo, indicó que la situación es más complicada si la empresa vende a plazo, ya que el cliente pagará el IVA después, generando que la empresa tenga que obtener el flujo de caja para pagar el F29 cuando corresponda o recurrir a la opción de postergación de IVA por 2 meses. “Mi recomendación es que las pymes que cumplan los requisitos puedan hacer la transformación a Sociedad de Profesionales, cuyo plazo será hasta el 30 de junio de 2023, teniendo la posibilidad de continuar emitiendo facturas y boletas exentas mientras se realice el cambio”, señaló la contadora.

Los que quedan exentos

También hay que considerar que los servicios médicos ambulatorios que cumplan los requisitos de la circular 50 de 2022, servicios de transporte de pasajeros y servicios de educación seguirán siendo exentos de IVA, sin importar la figura legal de la empresa. Esto significa que el cambio no afecta a todos los servicios, ya que aún quedan exenciones de regla general.

Solicitud al Presidente Gabriel Boric

Ante esta situación, diputados y diputadas aprobaron una resolución con 98 votos a favor, 3 en contra y 29 abstenciones, que solicita al Presidente Gabriel Boric postergar la entrada en vigencia del cargo del IVA a los servicios profesionales. Por su parte, el Colegio de Contadores de Chile se ha manifestado al respecto señalando que esta nueva ley complicaría la situación de más de 156.356 empresas.


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