Llaman a cumplir con los feriados irrenunciables del comercio del 25 de diciembre y 1 de enero

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El seremi del Trabajo y Previsión Social de la región de O'Higgins, Federico Iglesias, hizo un llamado a recordar que el próximo 24 de diciembre y 1 de enero corresponden a feriados irrenunciables y obligatorios para los trabajadores del comercio.

Comercio cerrado desde las 21:00 horas

En consecuencia, el comercio deberá estar cerrado desde las 21:00 horas del jueves 24 de diciembre hasta el sábado 26 de diciembre a las 06:00 horas y lo mismo desde el jueves 31 de diciembre al 2 de enero.

¿Quiénes quedan exceptuados del feriado irrenunciable?

Quedan exceptuados de este descanso obligatorio e irrenunciable los trabajadores del comercio que se desempeñan en actividades como clubes, restaurantes, farmacias de urgencia y expendio de combustibles, entre otras. Sin embargo, estos trabajadores tendrán derecho al feriado obligatorio e irrenunciable, a lo menos, una vez cada dos años, si siguen trabajando para un mismo empleador.

¿Qué dijo el seremi del Trabajo?

“Este año que ha sido difícil, como Gobierno esperamos que todos los trabajadores puedan compartir de forma segura con sus familias, y en este sentido, el llamado a los empleadores es a respetar el feriado irrenunciable”, señaló seremi del Trabajo Federico Iglesias.

Asimismo, añadió que “la Dirección del Trabajo fiscalizará durante estos días, el cumplimiento de la normativa y los infractores se exponen a multas que van desde las 5 hasta las 20 UTM por cada trabajador afectado”.

¿Cómo denunciar si te obligan a trabajar?

Cabe recordar, que aquellos locales comerciales que sean atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos podrán funcionar. Además la Dirección del Trabajo habilitará su sitio web, para que aquellos trabajadores del comercio a los que se les esté obligando a trabajar puedan realizar su denuncia.


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