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Corte de Rancagua condena a Entel por portabilidad fraudulenta de teléfono

La Corte de Apelaciones de Rancagua condenó a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A. a pagar una indemnización de $2 millones por daño moral a una clienta que fue víctima de estafas luego que su número telefónico fuera portado sin verificar correctamente su identidad.

¿Qué resolvió la Corte de Apelaciones de Rancagua?

En fallo unánime, el tribunal revocó parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado de Policía Local de Santa Cruz, que había rechazado la demanda civil por daño moral.

Sin embargo, la Corte mantuvo la resolución que acogió la querella infraccional por vulneración a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores y la multa de 10 UTM aplicada a la empresa.

¿Por qué responsabilizaron a Entel por la portabilidad?

Según el fallo, quedó acreditado que la portabilidad del número telefónico se realizó sin comprobar adecuadamente el consentimiento de la titular, permitiendo que terceros tomaran control de la línea y efectuaran operaciones fraudulentas.

La resolución sostiene que la afectada perdió el control de su número telefónico y vio comprometida su seguridad digital debido a una “deficiente verificación y control por parte de la empresa proveedora del servicio”.

¿Qué daño sufrió la clienta afectada?

El tribunal concluyó que la situación superó las molestias propias de un incumplimiento contractual, considerando la angustia, preocupación y alteración emocional que enfrentó la demandante tras la portabilidad indebida.

La Corte además indicó que actualmente los números telefónicos permiten acceder a información privada de carácter comercial y social, por lo que un uso indebido puede provocar afectaciones relevantes en la vida de las personas.

¿Cuál será la indemnización que deberá pagar la empresa?

La Corte de Apelaciones determinó que Entel deberá pagar una indemnización de $2 millones por concepto de daño moral, monto que será reajustado según la variación del IPC e incluirá intereses corrientes en caso de mora.

Además, el tribunal condenó a la empresa al pago de las costas del proceso judicial.

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