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La Corte de Apelaciones de Rancagua dejó sin efecto la suspensión del procedimiento decretada en la causa abierta en contra del empresario Gonzalo Izquierdo Menéndez, imputado por el Ministerio Público por los delitos de lesiones graves, falso testimonio y manejo de residuos peligrosos sin contar con autorización. Ilícitos cometidos en fundición de plomo de su propiedad, ubicada en la comuna de Marchigüe.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Peralillo.
Informe Psiquiátrico Forense
“Que, en la especie, la suspensión del procedimiento se decretó el 15 de marzo de 2021, en base a dos informes: el primero, titulado ‘Informe Psiquiátrico Forense de 6 de noviembre de 2020’ y el segundo, denominado ‘Ampliación de Informe Psiquiátrico Forense’ de fecha 15 de marzo de 2021, ambos elaborados por Rodrigo Daniel Paz Henríquez, quien se individualiza como Médico Psiquiatra Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, documentos que figuran acompañados en la presentación de 23 de abril de 2021. La conclusión del primer documento es que: ‘Los déficits cognitivos y emocionales identificados en el examen mental y pruebas neuropsicológicas practicadas al imputado son perfectamente consistentes con el relato de sus familiares y no dejan lugar a duda clínica alguna en cuanto a que el Sr. Izquierdo Menéndez cursa una demencia que lo hace incapaz de participar en un proceso penal”, consigna el fallo.
La resolución agrega: “Que, no obstante lo anterior, la parte querellante ha acompañado, tanto en su presentación de 24 de enero de 2022 como en la de fecha 5 de abril de 2021, un conjunto de antecedentes documentales que dan cuenta que el imputado Gonzalo Izquierdo Menéndez ha actuado, en un tiempo coetáneo al de este procedimiento, con plena normalidad en su vida personal y laboral, suscribiendo complejos contratos comerciales y civiles ante diversos notarios públicos, como compraventas y modificaciones sociales celebradas en los meses de marzo y abril de 2021, concurriendo incluso al otorgamiento de su testamento con fecha 30 de julio de 2020, instrumento del cual resulta relevante destacar que el notario ante quien se otorgó, certificó que don Gonzalo Izquierdo Menéndez demuestra encontrarse en su sano y entero juicio y así lo otorgó y firmó en unión de los dos testigos hábiles mayores de dieciocho años –dos de ellos de su mismo apellido– (…) todos quienes declaran conocer al testador, que a sus pareceres él se encuentra en su sano juicio y estar conformes con la certificación practicada por el señor notario”.
Trabajadores con plomo en la sangre
El 26 de abril de 2019, la Superintendencia de Medio Ambiente le formuló cargos a Gonzalo Izquierdo Menéndez por una de las infracciones más graves que existe en la ley: operar sin contar con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) respectiva. En dos palabras, sin permiso. Exponiéndose a una multa de 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA), unos $5.800 millones.
Pero este fue el segundo golpe de ese año. El 20 de febrero, la Seremi de Salud decretó la prohibición de funcionamiento de la planta luego de que se hallaran altos niveles de plomo en la sangre de seis de sus trabajadores.