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La seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región de O’Higgins, Pamela Medina, entregó detalles sobre las modificaciones que sufrió el Permiso Único Colectivo, documento que deben portar los trabajadores en las comunas que se encuentran en Cuarentena producto del gran aumento de los contagios del coronavirus COVID-19.
Permisos para otras personas
“Lo que nos estaba pasando anteriormente, es que muchas empresas sacaban, con sus códigos, Permisos Únicos Colectivos para otras personas o para todos los trabajadores sin distinguir cuál era esencial o no, por lo tanto, desde ahora se ha modificado su uso”, indica la seremi sobre el uso de este permiso.
¿Qué es el Permiso Único Colectivo?
La autoridad del trabajo explica que “el Permiso Único Colectivo es el documento solicitado por una empresa o institución de rubro esencial, sea pública o privada, para que aquellos trabajadores imprescindibles y cuya función sea crítica para la realización de la actividad propia del giro de la institución y que, además, no puedan cumplir sus funciones de forma telemática, puedan asistir de manera presencial al lugar de trabajo y/o circular en el ejercicio de sus funciones”.
Pamela recalca que “este permiso es solicitado por el empleador en la Comisaría Virtual, y reemplaza el uso de credenciales para el desplazamiento en horario diurno, y al salvoconducto para el horario de toque de queda”.
Copia del contrato de trabajo
La seremi del Trabajo detalla que: “desde hoy, cada persona deberá portar, además de su Permiso Único Colectivo, una copia de su contrato de trabajo, o un certificado de la relación laboral, el que deberá tener una antigüedad no mayor a 30 días.
Funciones del trabajador en la empresa
Por otro lado, este documento deberá indicar cuáles son las funciones del trabajador en la empresa, para poder fiscalizar si es esencial su desplazamiento y en el permiso se deberá detallar si las tareas que deberá cumplir el funcionario requieren o no viajar entre regiones.
Además, enfatiza que “se mantendrá su vigencia de 5 días corridos para su uso de lunes a viernes, y de 2 días para fines de semana”.
Trabajadores a honorarios
La seremi, explica que “En el caso que las instituciones que prestan servicios de utilidad pública requieran la contratación de servicios, deberán extender un certificado, donde conste la individualización del trabajador, así como del empleador de este y el servicio que desempeña la persona relacionada a la empresa esencial. Cada persona en esta situación, deberá portar junto al permiso único colectivo, este certificado”.
Para finalizar, Pamela Medina Schulz, indica que “en el caso de trabajadores a honorarios, dicho certificado deberá ser otorgado por la empresa esencial en la cual éste presta servicios. Cada persona, en esta situación, deberá portar, junto al permiso único colectivo, este certificado”.