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Con la publicación de la Resolución 19 del 15 de enero 2021 de la Dirección General de Aguas (DGA) Región de O'Higgins del Ministerio de Obras Públicas (MOP) en el Diario Oficial, comenzó a correr el plazo para que los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales en el área de jurisdicción de las juntas de vigilancia de la Primera, Segunda y Tercera Sección del Río Cachapoal, de los esteros Zamorano y Chimbarongo, y de la Primera Sección del Río Tinguiririca instalen y mantengan el Sistema de Medición y de Transmisión de Extracciones Efectivas (MEE).
¿Qué es el MEE?
Oscar Cristi, director general de la DGA, explicó sobre este sistema que “el MEE es un software y corresponde a una herramienta de almacenamiento, orden, visualización, manejo y análisis de los datos recopilados, para que los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas conozcan de manera confiable, los caudales extraídos desde las diferentes fuentes naturales de aguas”.
Implementación progresiva
La DGA está implementando el MEE en forma progresiva a nivel nacional, luego que se promulgara la Ley 21.064 de enero de 2018, que modificó el Código de Aguas y diera más facultades al Servicio en materias de control de extracciones.En el caso del MEE para aguas superficiales, comenzó a partir de la publicación del Reglamento de Monitoreo de Extracciones Efectivas en la edición del Diario Oficial del 15 de octubre de 2020.
¿Qué dijo el director regional de la DGA?
Al respecto, José Goycoolea, director regional de la DGA, indicó que “con esa resolución se va ir exigiendo de a poco, a los distinto titulares de derechos en toda la región, a que se sujeten a este sistema de medición, y que permitirá a la DGA llevar un mejor monitoreo del comportamiento del cauce, con un balance del agua de lo que está sucediendo en tiempo real y ya no de manera teórica, en base de modelación.” Luego agregó que “acá no se pretende suplir la función que cumplen las organizaciones de usuarios, en la distribución del recurso, sino que la idea que la DGA pueda supervigilar de mejor forma la administración adecuada del recurso, cada vez más escaso en tiempo de sequía”.
Implementación regional del MEE
La Resolución 19 de la DGA de O'Higgins, indica los niveles de exigencia y los plazos que deben cumplir los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales que se ubican en el área de jurisdicción de las Juntas de Vigilancias de este sector. Esta establece cuál es el rango (litros por segundo) para determinar el estándar de los caudales (muy pequeños, menor, medio y mayor) y en función de esta variable cuáles son los sistemas, frecuencia y desfases de medición y transmisión correspondientes; los plazos para la instalación y comienzo de las transmisiones, y el registro de la obra de captación en el software DGA de MEE.
De los plazos
Los plazos comienzan a correr a partir desde el 1 de marzo. Para la instalación son entre 24 meses, para los titulares con un estándar de caudales muy pequeños, y 12 meses para el estándar mayor. En el caso de la implementación e inicio de las transmisiones, entre 30 (Estándar muy pequeños) y 18 meses (Estándar Mayor).
La Resolución indica, que los estándares se refieren a la suma de los caudales de todos los derechos de aguas superficiales que se ejercen en cada obra de captación, además de señalar que se deberá continuar realizando control de extracciones en virtud de alguna resolución previa de la DGA hasta que se cumplan los plazos publicados en la edición del 1 de marzo de 2021 del Diario Oficial.
Los titulares de derechos de aprovechamientos de aguas superficiales no tendrán la obligación de implementar el sistema, si no tienen obras de captación habilitadas. Una vez que estén, deberán registrar la obra en el Software DGA de MEE en el plazo que corresponda según el caudal del derecho de aprovechamiento de aguas superficiales.