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El pasado 27 de mayo se publicó en el Diario Oficial el nuevo reglamento sobre objeción de conciencia que regula la aplicación de la Ley 21.030, que permite la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales: riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación. Este avance normativo busca asegurar que las mujeres y niñas puedan acceder a esta prestación sin trabas, garantizando una atención digna, oportuna y segura en todo el territorio nacional.
Un paso clave para evitar barreras en la atención
El nuevo reglamento establece mecanismos concretos para impedir que la objeción de conciencia, si bien válida, se transforme en una barrera estructural de acceso. Uno de los principales cambios es que los establecimientos deberán contar con personal no objetor disponible y actualizar sus protocolos de reasignación y derivación. Asimismo, las pacientes podrán saber si el profesional que las atiende es objetor, y los centros deberán visibilizar los derechos que otorga la ley.
¿Qué dijo la ministra de la Mujer?
La ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, destacó la relevancia de esta actualización. “Esto representa un triunfo para la salud pública. Desde que la ley IVE comenzó a regir, hemos recibido numerosos testimonios de mujeres y niñas que han debido recorrer largos trayectos para encontrar un centro de atención, debido a que en algunos recintos el 100% de los médicos se declaraban objetores de conciencia”, señaló. Agregó que “es muy positivo que podamos dar cumplimiento cabal a una ley que fue aprobada hace varios años y que cuenta con un importante apoyo ciudadano, considerando que hay encuestas en que tiene un respaldo de un 73%”.
¿Qué dijo la seremi de la Mujer de O’Higgins?

A siete años de la entrada en vigencia de la ley, la región de O’Higgins evidencia las brechas en el acceso efectivo. Según cifras oficiales, un 68,9% de los obstetras del sistema público en la región se acoge a la objeción de conciencia en la causal de violación, y un 42,6% lo hace en la causal de riesgo vital para la madre. Ambas cifras se ubican como las más altas a nivel nacional.
Al respecto, la seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Constanza Valencia, valoró la entrada en vigencia del nuevo reglamento. “Si bien todas las regiones del país registran profesionales objetores de conciencia en las tres causales, preocupa la situación en nuestra región, donde casi un 70% de los obstetras se acoge a la objeción de conciencia en la causal de violación. Esta cifra visibiliza la profunda desigualdad territorial en el acceso a la interrupción del embarazo, vulnerando el principio de equidad y atención oportuna y segura que garantiza la Ley”, indicó.
El reglamento no elimina la objeción, pero garantiza la atención
Contrario a lo que algunos sectores han planteado en el pasado, el nuevo reglamento no elimina la objeción de conciencia, sino que la regula. La red pública de salud deberá contar con profesionales no objetores, evitando así que ninguna mujer o niña se vea obligada a trasladarse a otra ciudad o región para ejercer un derecho consagrado por ley. Actualmente, existen tres hospitales públicos en Chile donde el 100% de los obstetras se declara objetor, situación que se busca revertir.
Durante los siete años de aplicación de la Ley IVE, se han registrado 6.249 casos de mujeres y niñas que han solicitado la interrupción voluntaria del embarazo bajo las tres causales. El 85% optó por interrumpir el embarazo, mientras que el 15% decidió continuarlo. La mayor cantidad de casos por la causal de violación se da en niñas de 13 años, un grupo particularmente vulnerable, en el cual los establecimientos de salud están obligados a denunciar el delito.
Con esta actualización reglamentaria, el Gobierno cumple con un compromiso pendiente, reafirmando que el acceso a derechos no debe depender del lugar de residencia ni de la disponibilidad personal de los profesionales, sino estar garantizado por el Estado.