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Corte de Apelaciones ordena suspender demolición del Molino Koke en Rancagua

La Corte de Apelaciones de Rancagua dictó una orden de no innovar que obliga a la empresa a cargo de las obras en el terreno del antiguo Molino Koke a abstenerse de ejecutar cualquier acción que implique la demolición del inmueble, mientras se resuelve un recurso de protección presentado por la Municipalidad de Rancagua.

¿Por qué se dictó la orden de no innovar?

El fallo, adoptado de manera unánime, acoge la solicitud en el marco del recurso interpuesto por el municipio, el cual advierte una posible afectación al libre tránsito de los vecinos del sector.

En la resolución, el tribunal indicó que “atendido el mérito de los antecedentes, ha lugar a la orden de no innovar solicitada”, precisando que la empresa deberá abstenerse de ejecutar cualquier acción que implique la demolición del inmueble. Asimismo, el documento agrega que la medida rige “sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva en este recurso”.

¿Qué inmueble se encuentra protegido por esta medida?

La orden se aplica al inmueble conocido como Molino Koke, ubicado en avenida General Baquedano Nro. 153, el cual se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad del año 2025 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.

¿Qué ocurrirá mientras se resuelve el recurso presentado?

Mientras se analiza el fondo del recurso de protección, la empresa deberá paralizar cualquier acción vinculada a la demolición del complejo, quedando a la espera de la resolución definitiva que adopte la Corte de Apelaciones.

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