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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó, el viernes 6 de febrero, a Francisco Javier Ramírez Flores a la pena de presidio perpetuo simple, como autor del delito consumado de femicidio íntimo, ilícito perpetrado en diciembre de 2021 en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, en la Región de O’Higgins.
¿Qué resolvió el tribunal en su fallo?
En fallo unánime, el tribunal impuso además la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el resto de la vida del condenado. Asimismo, decretó la absolución de Ramírez Flores respecto de la acusación por inhumación ilegal, al estimar que dicho ilícito quedó subsumido en el delito de femicidio íntimo por el cual fue condenado.
¿Qué hechos dio por acreditados el tribunal?
El tribunal estableció, más allá de toda duda razonable, que desde mediados de 2021 la víctima, de 18 años, mantenía una relación de convivencia con el condenado en el sector Zúñiga, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, donde él se desempeñaba como jinete y cuidador de caballos. Durante ese periodo, se acreditaron malos tratos verbales y físicos reiterados, configurándose un espiral de violencia habitual que culminó en diciembre de 2021 con la muerte de la joven. Posteriormente, el condenado inhumó el cuerpo cerca del lugar donde pernoctaban, con el objetivo de ocultar el delito.
¿Cómo abordó el fallo la violencia de género?
Para el tribunal, los hechos se enmarcan en la violencia de género o violencia contra la mujer, citando la Convención de Belém do Pará, que define la violencia contra la mujer como cualquier acción basada en su género que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, en el ámbito público o privado. Las sentenciadoras destacaron que la dinámica del crimen evidencia violencia reiterada y que no se trata de un hecho neutro en términos de género, sino de un crimen ejecutado precisamente por la condición de mujer de la víctima.
¿Por qué se aplicó la perspectiva de género?
El fallo subrayó que la perspectiva de género es una herramienta analítica destinada a evitar parcialidades y a identificar relaciones de desigualdad y discriminación, conforme al Cuaderno de Buenas Prácticas para incorporar la Perspectiva de Género en las Sentencias de la Corte Suprema. En ese marco, concluyó que su utilización constituye un imperativo para sentenciadoras, investigadoras y peritos, a fin de garantizar el acceso a la justicia en igualdad de condiciones.