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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Ignacio Antonio Moraga Torres a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo por el delito consumado de tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, hecho ocurrido en noviembre de 2024 en la comuna de San Francisco de Mostazal. La sentencia incluye además las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y el pago de una multa de 40 UTM.
¿Qué otras condenas dictó el tribunal por el caso?
En el mismo fallo, el tribunal también condenó a Martín Arturo Pozzo Lagos y César Antonio Martínez Valenzuela como coautores del delito de tráfico de drogas. Ambos deberán cumplir penas de presidio efectivo de 8 y 7 años respectivamente.
Las sanciones incluyen igualmente la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo que se extienda la condena. Asimismo, cada uno deberá pagar una multa de 20 UTM.
Por su parte, el acusado Exequiel Eliseo Zarzar Córdova fue condenado a 4 años de presidio como coautor del delito. No obstante, dicha pena fue sustituida por la medida de libertad vigilada intensiva por el mismo período. También deberá cumplir la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante la condena y el pago de una multa de 15 UTM.
¿Cómo se produjo la detención en la Ruta 5 Sur?
Según se estableció en el juicio, los hechos ocurrieron durante la noche del 11 de noviembre de 2024 cuando funcionarios de la sección OS7 de Carabineros de Rancagua realizaban fiscalizaciones vehiculares aleatorias en la Ruta 5 Sur, a la altura del kilómetro 58 en la comuna de San Francisco de Mostazal.
En ese contexto, cerca de las 23:15 horas se controló un vehículo station wagon en el que se desplazaban los cuatro imputados. Durante la inspección, un perro detector de drogas realizó marcajes positivos al interior del automóvil, lo que permitió encontrar más de 500 gramos de clorhidrato de cocaína ocultos bajo el asiento del conductor.
Posteriormente, en una bolsa ubicada en el asiento trasero se hallaron otras sustancias, entre ellas cafeína y una pequeña cantidad de marihuana. Además, debajo del asiento del copiloto se encontró un bolso que contenía una pistola a fogueo con cargador y cartuchos.
De acuerdo con el Ministerio Público, la droga era transportada por los imputados con la finalidad de traficarla, sin que existiera justificación de un consumo personal y exclusivo próximo en el tiempo.
¿Por qué fueron absueltos por el porte de arma?
En la misma causa, el tribunal resolvió absolver a los acusados del delito de porte de arma a fogueo adaptada para el disparo de municiones.
La decisión se fundamentó en que, al momento de ocurrir los hechos, la legislación vigente no sancionaba penalmente la tenencia de este tipo de armamento.
¿Qué ocurrirá con la droga y las especies incautadas?
La sentencia establece que, una vez que el fallo quede ejecutoriado, se deberán tomar muestras biológicas de los condenados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporarlas al Registro Nacional de ADN de condenados.
Asimismo, el tribunal ordenó el comiso de la droga incautada, la pistola a fogueo, su cargador y otras especies recuperadas durante el procedimiento policial.