La Corte de Apelaciones de Rancagua dictó, el lunes 18 de noviembre, orden de no innovar y dispuso que Carabineros deberán abstenerse de utilizar escopetas antimotines con cartuchos con balines de plomo y/o goma y plomo en manifestaciones públicas.
El fallo
En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Jorge Fernández Stevenson, Natalia Rencoret Oliva y el abogado(i) José Irazábal Herrera, acogió parcialmente la solicitud interpuesta por alumnos de la Universidad de O’Higgins.
El voto en contra
Sin embargo, la decisión adoptada tuvo el voto en contra del abogado Irazábal Herrera. Éste, estuvo por rechazar la petición por estar fundada en hechos futuros e inciertos. Además, porque el uso de dichos instrumentos estaría permitido conforme a la reglamentación vigente y directrices dictadas para tal efecto por la autoridad. Cuyo uso restringido tiene por objeto que la policía vele por el orden y la seguridad pública. “y, para tal efecto, tienen que tener y usar los medios necesarios para el cumplimiento de tales fines, por lo que limitar o prohibir su uso afectaría necesariamente tal cumplimiento”.