Sujeto que violó prohibición de acercarse a la víctima es condenado a 3 años de cárcel

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz condenó a Víctor Hugo Catalán Arenas a la pena de 3 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de desacato en contexto de violencia intrafamiliar. Ilícito perpetrado en febrero pasado, en la comuna de Chépica.

El 27 de febrero de 2021, Catalán Arenas concurrió hasta el inmueble ubicado en la villa Cordillera de la comuna de Chépica, domicilio que corresponde a la víctima, con quien el condenado mantuvo una relación de convivencia y es padre de tres hijos en común.

En el lugar, la víctima se encontraba acompañada por una de sus hijas, quien le solicitó a su padre que se fuera del lugar, quien la amenazó con pegarle, por lo que la dueña de casa decidió llamar a funcionarios de Carabineros, quienes posteriormente procedieron a la detención de Catalán Arenas en las proximidades del lugar.

A la fecha de los hechos, pesaba sobre Catalán Arenas la medida consagrada en la letra b) del artículo 9 de la ley 20.066; esto es: la prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar que habitualmente frecuente, la que le había sido impuesta como pena accesoria especial por sentencia condenatoria, dictada el 6 de abril de 2018, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz.

Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al 149 de Carabineros, 134 de la PDI o recibe orientación llamando al número corto 1455 del Sernameg.

 


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