Un rotundo rechazo a la utilización no autorizada de una canción con fines políticos expresó la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD), luego de que se difundieran videos con el tema "Sentimiento original", del autor Quique Neira, en el marco de una campaña interna del Partido de la Gente (PDG).
La canción ha sido usada por la lista que encabeza el candidato Juan Marcelo Valenzuela, alias el “Juanma”, quienes no sólo han musicalizado piezas para redes sociales con el tema en cuestión, sino que además han tomado textualmente su título para denominar la lista en competencia.
Al respecto, el director de SCD, Juan Antonio Durán, reiteró que el uso de obras musicales en campañas políticas no puede realizarse sin la autorización expresa de sus titulares, ya que de lo contrario se vulneran tanto sus derechos económicos como morales.
"Ya sea que se trate del registro original, una reinterpretación o una versión con distinta letra, siempre se debe contar la autorización previa de los autores para hacer uso de una creación musical, ya que son ellos quienes tienen la potestad de decidir a qué productos, ideas o servicios aceptan asociar sus obras. Esto se hace especialmente patente cuando el uso persigue fines políticos", explicó.
Por lo mismo, SCD ya se encuentra en contacto con Quique Neira, titular de la obra popularizada en 1997 por el grupo Gondwana, quien estudia las eventuales acciones legales a seguir, proceso en el cual contará con el apoyo de los especialistas de la organización.
"Nosotros como SCD estaremos siempre disponibles para apoyar a los músicos y músicas que han visto vulnerado el respeto por su trabajo artístico, algo que lamentablemente sigue ocurriendo. Esperamos que quienes pretenden ejercer cargos públicos o influir políticamente sean más cuidadosos y tomen nota de esto, ya que vulnerar derechos e incumplir las normas es algo que no habla bien de quienes están llamados a ejercer liderazgo y dar el ejemplo ante la ciudadanía o ante su militancia", agregó el presidente de SCD, Rodrigo Osorio.