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El Tribunal de juicio Oral en lo Penal de Rancagua determinó, por votación unánime, absolver al fiscal Emiliano Arias de las acusaciones formuladas en su contra de ser autor del delito de Revelación de Secreto.
¿Qué dijo el Tribunal?
El Tribunal argumentó que "para decidir de la forma señalada, se ha considerado que con el mérito de la abundante prueba documental y testimonial incorporada por los intervinientes, se ha establecido, como hechos no discutidos del proceso lo siguiente:
a) Que el acusado (Emiliano Arias Maradiaga) fue nombrado fiscal regional de O'Higgins con fecha 9 de mayo del 2016, cargo que ocupa hasta la fecha.
b) Que el día 17 de abril del 2018, el acusado ordenó a su secretaria (Carolina Contreras), de la Fiscalía regional de O'Higgins, obtener del sistema del Ministerio Público la información de la persona natural P.A.N.I. La secretaria cumplió lo ordenado por el imputado señor Arias. Accedió al sistema utilizando su clave personal e imprimió la información correspondiente a P.A.N.I., la que constaba de un total de 9 páginas; información que no fue recibida materialmente por el acusado.
Video del veredicto
c) Que en horas de la tarde del mismo día 17 de abril del 2018, mientras viajaba a la ciudad de Santiago en compañía del acusado, Carolina Contreras se comunicó por mensajería electrónica con la Abogada asistente de la Fiscalía de Alta Complejidad de Rancagua (Macarena Bustos), a quien le solicitó escanear el mismo documento que ella había sacado durante la mañana para que lo remitiera directamente al correo del acusado. La Abogada Macarena Bustos no pudo escanear la información, de modo que ese mismo día 17 de abril del 2018 accedió con su clave al sistema buscando nuevamente los antecedentes del ciudadano de iniciales P.A.N.I., obteniendo una nueva ficha del nuevo sujeto, que remitió desde su correo electrónico funcional a la casilla particular del imputado.
d) Que el día 17 de abril del 2018, el acusado (Emiliano Arias) remite a su cuñado, Hans Heydel Jacob la ficha del ciudadano de iniciales P.A.N.I. junto con comengtar la información enviada.
e) Que el día 18 de abril del 2018, el acusado le solicitó nuevamente a su secretaria Carolina Contreras que obtuviera una ficha de su sobrino de iniciales A.C.H.A., lo que ella hizo el mismo día, enntregando el mismo día el documento al acusado.
f) Que el acusado (Emiliano Arias) remitió a su hermana Marcela Arias la ficha correspondiente a su sobrino, haciendo comentarios de dicha información.
g) Que el día 13de mayo del 2018, don Hans Heydel Jacob se contactó con el OS7 de Carabineros de la ciudad de Puerto Montt remitiendo por correo electrónico la ficha del ciudadano P.A.N.I., solicitando que se investigue por tráfico ilícito de drogas.
h) Que, independientemente de la denominación de la ficha que fueron sacada del sistema, ella contenía las siguientes informaciones de los ciudadanos A.C.H.A. y de P.A.N.I., RUT, precisando el tipo de documentos, tipo de visa, número de serie, fecha de vencimiento del documento, nombres y apellidos, nacionalidad, edad, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, inscripción de nacimiento, sexo, profesión, fotografía y firma registrada en el Registro Civil. También se incluye información relativa a los domicilios de las personas buscadas; tipo de domicilio, si es laboral, particular o personal; comuna; región; teléfono y correo electrónico.
¿Qué dijo Emiliano Arias?
Al comentar la decisión del TOP rancagüino, Arias planteó que "la característica que ha tenido esta persecución, en mi concepto, es absolutamente desproporcionada y arbitraria".
"Lo que corrobora el mismo veredicto (...) son los mismos fundamentos que dio el pleno de la Corte Suprema al rechazar la solicitud de mi remoción, que es un hecho irrelevante" el que se le imputó, remarcó.
Sobre si retornará al Ministerio Público, apuntó que tiene una conversación pendiente con sus funcionarios y que todo debe ser pensando en lo mejor para la institución.
Si fuera por él, "volvería el lunes, pero también depende de si el fiscal Campos o el Consejo de Defensa del Estado, como parte querellante, recurren a la Corte de Apelaciones, lo que retrasaría el término del caso".
¿Cuándo se da a conocer la sentencia?
Mayores consideraciones se detallarán en la sentencia que se dará a conocer el próximo jueves 16 de septiembre a las 15:00 horas.