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La Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado por la empresa de servicios sanitarios Essbio S.A., y confirmó la sentencia que la obliga a pagar una indemnización de $15.000.000 por daño moral, debido a su responsabilidad en una inundación que afectó a una vivienda en la comuna de Machalí, región de O’Higgins.
Tribunal descartó errores en la evaluación de la prueba
En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal desestimó los argumentos de la empresa, que alegaba que la prueba rendida no era suficiente para atribuirle responsabilidad en el hecho. Essbio sostuvo que el daño no fue causado por negligencia de su parte, ya que, según su versión, los testigos eran de oídas y las presunciones no bastaban para acreditar su culpa.
Aguas provinieron de planta de Essbio
Sin embargo, la sentencia ratificada estableció que las aguas que causaron el rebalse del canal y la posterior inundación de la vivienda provenían de la planta de Essbio ubicada en el sector Tejas Verdes de Machalí, situada a aproximadamente dos kilómetros del domicilio afectado. La empresa, además, no logró probar que contaba con dispositivos adecuados para controlar la evacuación de excedentes ni que el incidente se debiera a terceros ajenos.
Hechos fijados por los jueces no pueden ser modificados
La Corte Suprema recordó que los hechos fijados por los jueces de fondo no pueden ser revisados en un recurso de casación en el fondo, salvo que exista una infracción efectiva a las leyes reguladoras de la prueba, lo que no ocurrió en este caso. Así, se concluyó que no se vulneró el artículo 1698 del Código Civil, que regula la carga probatoria.