Municipalidad de Codegua se querella por nombramiento ilegal realizado por alcalde suplente

Tras estar fuera el alcalde de Codegua José Flores por 61 días, quedó en ejercicio y como suplente el concejal Juan Carrasco, periodo en el cual, supuestamente, se habría incurrido en nombramiento ilegal, Fraude al Fisco y Omisión de Denuncia, al contratar a una persona que cuenta con registro de antecedentes; así lo señala la Municipalidad de Codegua.

¿Cómo ocurrió?

Los hechos salieron a la luz pública, toda vez que el alcalde Flores regresa a sus labores como máxima autoridad comunal, donde solicita diversos informes, a distintas unidades o departamentos, para informarse de nuevas contrataciones mientras ejerció el suplente.

Desde la Unidad Jurídica, informaron que se había realizado una contratación el día 29 de septiembre a Jaime Reyes Saavedra, en grado 8, en la planta de profesionales. Desde el departamento de Gestión de Personas, solicitan a la Unidad Jurídica el día 12 de octubre del presente año, antecedentes sobre si la persona que estaba ejerciendo dicho cargo, cumplía con los requisitos para ingresar a prestar funciones en el municipio como Administrador Municipal.

De acuerdo a información remitida del Registro Civil a la Municipalidad de Codegua, en el Registro de Condenas, Reyes figura con:

  •  Infracción al artículo 209 bis de la ley 18.290. Este registro corresponde a quienes hubieren sido sancionados con la cancelación de licencia de conductor y que no obstante ello son sorprendidos conduciendo vehículos.
  • Manejo en estado de ebriedad.
  • Autor de un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando muerte y lesiones graves.

¿Qué dijo el alcalde de Codegua?

El alcalde de Codegua, José Flores precisó que, “bastante preocupados, porque no es llegar y contratar a un funcionario municipal y sobre todo con la magnitud del cargo, el Administrador Municipal es el que asume cuando no está el alcalde y todas las funciones que tiene el Administrador Municipal, se le agrega la firma de los contratos, de los convenios, cumple una función muy importante en la Municipalidad, Cundo llegamos nos encontramos que fue contratado, tenía antecedentes penales y no podía ejercer en el Servicio Público y estuvo en la administración del alcalde suplente, cumplió funciones, cuando detectaron esto, el continuó viniendo a la municipalidad, hasta manejaba vehículos, pese a que le quitaron la licencia, sacaban la patente del vehículo para que no lo detectaran, entonces llegar a eso no, la gente de la comuna no merece contrataciones así, ya suficiente de este tipo de contrataciones “raras” como se estilaba en el pasado, no, tiene que ser con transparencia, tenemos que tener profesionales de buena calidad, que vengan y que sean servidores públicos, por eso presentamos esta Querella, para que no vuelva a pasar y continuaremos con rigurosidad lo que hemos seguido encontrando, para seguir avanzando en una comuna limpia, transparente y con honestidad, que ha sido el sello con la que se ha destacado esta administración” enfatizó Flores.

Alcalde presenta querella criminal

Ante la gravedad de estos hechos, es que el alcalde, a través de su equipo jurídico, ingresaron, la anoche de este domingo 3 de diciembre, una Querella Criminal, en contra de todos quienes resulten responsables, tras permitir que se realizará esta contratación que va en contra de los estatutos administrativos. Trasgrediendo primeramente lo dispuesto por la ley 18.883, que aprueba el Estatuto Administrativo para funcionarios municipales, y que en su artículo 10 letra f prescribe que... “para ingresar a la municipalidad será́ necesario cumplir los siguientes requisitos: f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito”.

Igual prohibición contempla la ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, refundida en el DFL 1 de 1 de noviembre de 2021, que en su artículo 54 letra c dispone: “Sin perjuicio de las inhabilidades especiales que establezca la ley, no podrán ingresar a cargos en la administración del estado: c) Las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito.


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