Corte de Rancagua rechaza recursos y mantiene condenas por homicidio de empresario frutícola

La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas de tres condenados por el homicidio calificado de un empresario frutícola, ocurrido en marzo de 2024 en el kilómetro 61 de la Ruta 5 Sur, comuna de San Francisco de Mostazal.

¿Qué resolvió la Corte de Apelaciones de Rancagua?

En fallo unánime, el tribunal de alzada descartó errores de derecho y confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua. Evelyn Beatriz de Lourdes Muñoz Avilés mantiene la pena de presidio perpetuo simple como coautora inductora; Hernán Fabián David Robles Villatoro, 18 años de presidio efectivo como autor colaborador; y Francisca Carolina Ortega Vásquez, 10 años de reclusión como cómplice.

¿Qué antecedentes consideró el tribunal?

La Corte señaló que, aunque no existía prueba directa que vinculara a las acusadas con el crimen, el tribunal oral contó con numerosa prueba indiciaria o indirecta para establecer que los acusados planificaron la muerte y distribuyeron funciones para ejecutarla.

Entre los antecedentes mencionados figura la geolocalización del teléfono de Ortega Vásquez, que permitió establecer su presencia en puntos claves del recorrido del camión blanco en el sector Los Lagartos, además de elementos relacionados con el traslado de los autores materiales, su huida y la eliminación de evidencias.

¿Qué estableció sobre las transferencias de dinero?

El fallo también consignó que el 21 de marzo de 2024 Robles Villatoro transfirió $500.000 a la cuenta de Evelyn Muñoz Avilés durante la mañana y otros $1.500.000 durante la noche.

Los sentenciadores consideraron que no existían otros depósitos posteriores atribuibles al supuesto pago de otra cuota de un préstamo. Además, establecieron que Robles Villatoro, socio de la víctima y cuñado de Muñoz Avilés, se habría concertado con ella para dar muerte al empresario con el objetivo de percibir el retorno de una exportación de frutas.

¿Por qué se rechazaron los recursos?

La Corte concluyó que la sentencia estaba debidamente fundada y que su razonamiento era coherente y ajustado a las reglas de la sana crítica. Por ello, determinó que no se configuraron los vicios denunciados y resolvió rechazar, sin costas, los recursos de nulidad, estableciendo que ni la sentencia ni el juicio oral eran nulos.

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