El Juzgado de Garantía de Rancagua mantuvo este martes 4 de junio sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva al alcalde de la ciudad Juan Ramón Godoy, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de malversación de caudales públicos, fraude al fisco, lavado de activos, delitos tributarios y cohecho agravado reiterado. Ilícitos perpetrados entre 2021 y 2023, como alcalde de la comuna.
En audiencia de revisión de la medida cautelar, la magistrada Carolina Lazen Maldonado rechazó la solicitud de la defensa de Godoy Muñoz al no haber variado las circunstancias que se tuvieron presentes al momento de decretar la prisión preventiva, por lo que la libertad del imputado sigue constituyendo un peligro para la seguridad de la sociedad y el éxito de la investigación.
“Tenemos que tomar en cuenta el número de delitos por el cual el imputado ha sido formalizado, el carácter de los mismos; estamos hablando de delitos de corrupción, la reiteración y las circunstancias de la comisión de los mismos, por ende, también hay que considerar las penas que han sido asignadas, que son de crimen; por lo tanto, estas van a impedir que el imputado pueda acceder a algunas de las penas sustitutivas, por lo menos con los antecedentes que se tienen hasta este momento en la investigación. Siendo así, el tribunal mantiene la medida cautelar de prisión preventiva por constituir un peligro para la seguridad de la sociedad”, razonó la jueza.
“Considerando –agregó– que formalmente aún es el alcalde de la comuna de Rancagua (…) y que, además los contactos del alcalde que aún existen en la Municipalidad, personas que ahí laboran que podrían tener algún tipo de relación con el imputado, y estando pendientes diligencias relacionadas con documentos y personas que trabajan en el municipio, las que son necesarias para acreditar hechos que –según ha señalado el señor fiscal– han surgido de la declaración de nuevos testigos e imputados, el tribunal estima que su libertad también constituye un peligro para el éxito de la investigación”.
Según el ente persecutor, Godoy Muñoz habría favorecido a cambio de dinero, a coimputados en la causa a través de actos, tratos directos sin justificación, el no cobró de multas y pagos por obras no realizadas, generando egresos irregulares en perjuicio fiscal.