Hospital de Pichilemu difunde ley que garantiza atención preferente para personas mayores y con discapacidad

Con el propósito de promover una atención más digna, oportuna e inclusiva, el Hospital de Pichilemu realizó una jornada de difusión dirigida a pacientes del Programa Cardiovascular para informar sobre la Ley N° 21.168, normativa que establece el derecho a la atención preferente y oportuna en salud para las personas mayores de 60 años y las personas en situación de discapacidad.

¿Qué derechos establece la Ley N° 21.168?

La actividad fue encabezada por el trabajador social del establecimiento, Manuel Palominos, quien explicó a los asistentes los principales alcances de la normativa y el protocolo interno implementado por el hospital para garantizar este derecho. Además, orientó a los usuarios sobre la forma de acceder a la atención preferente dentro del recinto asistencial.

¿Cómo aplica el Hospital de Pichilemu la atención preferente?

"Nuestro objetivo fue acercar esta información a los usuarios para que conozcan sus derechos y comprendan cómo funciona el protocolo de atención preferente en el Hospital de Pichilemu. Queremos que las personas sepan que existe una normativa que resguarda una atención oportuna para quienes más lo necesitan y que nuestro establecimiento cuenta con un procedimiento claro para hacerla efectiva", señaló el trabajador social Manuel Palominos.

¿Qué herramientas incorporó el recinto para informar a los usuarios?

Como parte de esta estrategia, el establecimiento diseñó un código QR con información sobre la atención preferente, el cual fue instalado en distintos puntos, como las salas de espera de SOME, toma de signos vitales, laboratorio y urgencias. A través de este recurso, los usuarios podrán conocer los criterios establecidos por la Ley N° 21.168 y cómo se aplica este beneficio en el hospital.

¿Por qué es importante difundir esta normativa?

Desde el Hospital de Pichilemu señalaron que estas acciones buscan que la comunidad conozca sus derechos y acceda de manera más informada a las prestaciones de salud. La difusión de la Ley N° 21.168 y del protocolo de atención preferente forma parte del trabajo del establecimiento para fortalecer una atención inclusiva y orientada a las necesidades de las personas.

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