En caso de querer cambiar este grabado por uno continuo aplicado con ácido, se recomienda hacerlo a un costado o arriba de este grabado, nunca encima, ya que la ley exige que este sea legible y fácil de reconocer.
Rodrigo Medina, gerente comercial de Glass Mark comenta: “La reciente normativa sobre el grabado de patentes en vehículos establece la necesidad de que dicho grabado sea continuo. Esto plantea interrogantes para aquellos automóviles que poseen un grabado por puntos, los cuales, si bien cumplen con la norma, por estar grabados, quedan sujetos a la interpretación del fiscalizador para determinar si es legible”.
Si bien los grabados con puntos realizados con dremel son más económicos, estos no son continuos y muchas veces se desgastan hasta el punto de no ser legibles, debilitando también la estructura del cristal por alteración que sufre el vidrio al ser desgastado.
En cuanto al plazo para realizar el grabado, la ley 21.601 establece que los vehículos nuevos tienen cuatro meses desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial para grabar la patente en vidrios y espejos. Por otro lado, los vehículos comercializados previos a esta ley tienen un año para cumplir con este requisito.
El reglamento propuesto por el Ministerio de Transportes detalla que la placa patente de los vehículos debe ir grabada o tallada en vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos laterales. La tipografía debe cumplir con ciertas características específicas, como un tamaño entre 7 y 10 milímetros de altura para las letras en los vidrios, un estilo normal, y un ancho y espesor de trazo adecuado. En los espejos laterales, la altura mínima deberá ser entre 5 y 10 milímetros. Además, la matrícula debe estar escrita en mayúsculas y el grabado debe ubicarse en zonas que permitan una lectura clara para un observador externo, siendo permanente en cada automóvil.