Constructora Galilea deberá indemnizar a vecinos de Villa Santa Blanca de Rancagua por graves fallas en viviendas

El Segundo Juzgado Civil de Rancagua ha dictado una condena en primera instancia contra la empresa Galilea S.A. de Ingeniería y Construcción por infringir la Ley del Consumidor. La sentencia establece que la constructora deberá compensar a los propietarios afectados en la Villa Santa Blanca con un monto correspondiente al 6,6% del valor de cada vivienda.

Obligaciones de reparación para la constructora

Además de la compensación económica, la sentencia obliga a la empresa a realizar las reparaciones necesarias para solucionar de forma efectiva las fallas y defectos en la construcción que presentan los inmuebles de los propietarios.

Antecedentes del conflicto

La acción legal fue emprendida por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en noviembre de 2016, tras la falta de una propuesta de solución adecuada para los vecinos del conjunto habitacional, quienes habían presentado cerca de 70 reclamos relacionados con diversas fallas estructurales en sus hogares. Estas fallas incluían la mala instalación de grifería en baños y cocinas, problemas de humedad y hongos, instalación deficiente de ventanas y puertas, nula aislación térmica, fisuras y grietas en muros interiores, filtraciones y pisos desnivelados.

Detalles del conjunto habitacional

La Villa Santa Blanca, ubicada en Avenida Las Torres Nº 400, cuenta con 376 viviendas entregadas entre 2012 y 2014. El tribunal determinó que la empresa actuó con negligencia al no garantizar la calidad y seguridad de las viviendas, causando un menoscabo a los consumidores afectados.

Responsabilidad y derechos de los consumidores

La justicia enfatizó que la empresa tiene la obligación de cumplir con los términos y condiciones establecidos en la entrega de las viviendas. Además, la Ley del Consumidor garantiza a los compradores el derecho a recibir información veraz y oportuna, algo que también fue vulnerado según lo indicado en el fallo.

¿Qué dijo el director regional del Sernac?

Ignacio Tello, director regional del Sernac O’Higgins, comentó sobre la situación, afirmando que “una casa propia es el sueño o anhelo de gran parte de las familias. Considerando los grandes esfuerzos realizados por las familias para la adquisición de un bien raíz, resulta intolerable las fallas o defectos en la construcción que han tenido que padecer en este caso”.

Derechos establecidos por la Ley del Consumidor

La Ley del Consumidor (LPC) establece que las empresas deben cumplir con lo prometido, incluyendo plazos de entrega y características de la vivienda. También, la Ley General de Urbanismo y Construcciones regula los derechos de garantía, que permiten a los propietarios reclamar según los plazos establecidos: 3 años para terminaciones, 5 años para instalaciones y 10 años para problemas estructurales desde la compra de la vivienda.


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