Rancagua Express: Tribunal Ambiental confirma multa de 864 millones a EFE por fraccionamiento del proyecto

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) en contra de la multa de 1.071 UTA (unos 864 millones de pesos) impuesta por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). La sanción fue aplicada tras verificar que EFE fraccionó el proyecto “Rancagua Express”, al presentar por separado los subproyectos “Mejoramiento Integral” y “Seguridad y Confinamiento”, evitando una evaluación ambiental integral.

Fraccionamiento del proyecto Rancagua Express

El Tribunal determinó que los subproyectos “Mejoramiento Integral” y “Seguridad y Confinamiento” están intrínsecamente vinculados, ya que las obras de uno son necesarias para cumplir con los objetivos del otro. “El proyecto ‘Seguridad y Confinamiento’ contribuye necesariamente a cumplir con los estándares de optimización de tiempos y frecuencias que se proponen en el eje ferroviario Santiago–Rancagua, parte del proyecto ‘Mejoramiento Integral’”, explicó la sentencia.

Además, el fallo señaló que EFE actuó con intencionalidad al no incluir las obras de “Seguridad y Confinamiento” en la evaluación ambiental de “Mejoramiento Integral”, a pesar de que era evidente que el aumento de la frecuencia de trenes requería medidas de seguridad adicionales.

Multa confirmada por infracción gravísima

La SMA clasificó la infracción como gravísima, de acuerdo con el artículo 36 N° 1 letra f) de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), y ordenó a EFE ingresar el proyecto “Seguridad y Confinamiento” al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). El Tribunal respaldó esta decisión, descartando cualquier ilegalidad en el procedimiento.

“La SMA fundamentó adecuadamente su decisión, y no se observan vicios en la clasificación de la infracción como gravísima”, indicó el fallo, redactado por el ministro Cristián López Montecinos.

Otras alegaciones desestimadas

El Tribunal también desestimó las alegaciones presentadas por EFE, entre ellas:

Transgresión al principio de tipicidad: El Tribunal confirmó que la SMA tiene competencia para sancionar infracciones por fraccionamiento, ya sea por elusión al SEIA o por variación de la vía de ingreso (Declaración versus Estudio de Impacto Ambiental).

Desestimación del informe del SEA: El fallo respaldó a la SMA por no considerar el informe del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), ya que no se demostró que las obras de “Seguridad y Confinamiento” hubieran sido evaluadas en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de “Mejoramiento Integral”.

Decaimiento del procedimiento: El Tribunal rechazó la alegación de EFE sobre la extinción del procedimiento por demora, argumentando que la SMA justificó el tiempo invertido debido a la complejidad del caso.

Proyecto Rancagua Express: Modernización ferroviaria

El proyecto “Rancagua Express” forma parte de un “Master Plan” desarrollado por EFE para potenciar el sistema ferroviario en el transporte de carga y pasajeros. Incluye tres subproyectos: “Mejoramiento Integral”, “Seguridad y Confinamiento” y “Renovación Flota Material Rodante”. Sin embargo, el fraccionamiento de los dos primeros llevó a la imposición de la multa y la orden de evaluación ambiental conjunta.

Antecedentes

  • 20 de abril de 2013 por la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental aprobó el proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago – Rancagua”. (RCA N°373/2013).
  • La iniciativa se emplaza en la actual faja vía e instalaciones existentes de EFE en las regiones Metropolitana y del Libertador General Bernardo O’Higgins, considerando las siguientes comunas: Estación Central, Santiago, Pedro Aguirre Cerda, Lo Espejo, San Bernardo, El Bosque, Buin, Paine, San Francisco de Mostazal, Graneros, Codegua y Rancagua.
  • 11 de julio de 2016, luego de diversas denuncias y actividades de fiscalización, la SMA inició procedimiento administrativo sancionatorio, con la formulación de dos cargos contra la empresa (Rol D-039-2016).
  • 21 de abril de 2021, la SMA sancionó a EFE con una multa de 445 Unidades Tributarias Anuales (UTA), por superar el nivel de presión sonora, y 1.071 UTA por fraccionar el proyecto “Rancagua Express” (Res. Ex. N°624/2022). EFE presentó un recurso solicitando, en términos generales, ser absuelto del cargo N°2, Fraccionamiento del proyecto “Rancagua Express”.
  • 26 de abril de 2022, SMA rechazó el recurso (Res. Ex. N°624/2022).
  • 16 de mayo de 2022, EFE ingresó al Segundo Tribunal Ambiental reclamación en contra de las resoluciones de la SMA, la que fue admitida a trámite con el rol R-346-2022.
  • 13 de diciembre de 2022, el tribunal llevó a cabo la audiencia, alegando el abogado Javier Vergara Fischer, en representación de EFE, y las abogadas Estefani Sáez Cuevas, por la SMA, María González Jaraquemada, por José Ávila y otros, y Karla Vargas Arancibia, por Cecilia Binimelis, los dos últimos terceros coadyuvantes de la Superintendencia.