El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz condenó a Mauricio Alejandro Farías Silva a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la comuna.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Farías Silva las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que en el block 4-a depto. 39 sector Paniahue Santa Cruz, se celebraba un matrimonio con un grupo reducido de familiares, entre ellos, la víctima José Gálvez, celebración que se extendió desde la tarde noche del 15 a la madrugada del 16 de mayo del 2020.
Durante la noche, la conviviente del imputado Mauricio Farías, María Rosana Guerra, había vociferado que la víctima le debía pagar $5.000, que le adeudaba, molesta además por no haber sido invitada a la celebración. Como un cuñado de la víctima escuchó su reclamo le quiso pagar cuestión no aceptada por Rosana quien pidió fuera la víctima José Gálvez quien pagara directamente.
Siendo entonces, cerca de la una de la madrugada del 16 de mayo de 2020 y luego de que José Gálvez decidiera ir a pagar la deuda antes indicada, sale del departamento del segundo piso donde estaba encaminándose al block vecino, encontrándose en el camino con Rosana y su conviviente, el acusado Mauricio Farías, quien estaba premunido de un arma blanca tipo cuchillo, quien, luego de una discusión y enojado el imputado por las mismas causales que su pareja, procedió sin más a atacar con el arma blanca a la víctima causándole diversas lesiones a nivel de glúteos y otras más, en total 10 heridas corto punzantes, entre ellas al menos dos penetran gravemente, una a nivel de hemotórax izquierdo por anterior y, otra, a nivel de abdomen izquierdo, causándole la muerte por anemia aguda, según informe médico legista”.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.