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La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió un recurso de protección presentado a favor de una niña diagnosticada con atrofia muscular espinal (AME) tipo 2, ordenando al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) adquirir y suministrar el medicamento Risdiplam, tal como lo prescribió su médico tratante. La decisión se basa en la urgencia del tratamiento y en la amenaza directa que representa la enfermedad para la vida de la menor.
Fallo califica de arbitraria la negativa de Fonasa
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada estableció que la negativa de Fonasa a cubrir el tratamiento, fundamentada en su alto costo (sobre $10 millones), constituye un acto arbitrario que vulnera derechos fundamentales. “La decisión de no proporcionar la terapia a la recurrente con el medicamento Risdiplam, aparece como arbitraria y amenaza, principalmente, la garantía consagrada en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República”, sostiene la resolución.
Risdiplam, esencial para evitar el colapso respiratorio
Según el fallo, el medicamento Risdiplam, aunque no forma parte del listado de tratamientos cubiertos por la Ley N°20.850, es esencial para preservar la vida e integridad de la paciente. La AME tipo 2 es una enfermedad degenerativa que puede provocar un colapso del sistema respiratorio si no se administra el tratamiento adecuado. “Se ha negado el acceso a una terapia farmacológica con un medicamento necesario para la sobrevivencia (…) en circunstancias que la administración de la droga (…) ha sido prescrita como necesaria”, indica el tribunal.
Tribunal ordena entrega urgente y coordinada del fármaco
La Corte resolvió que Fonasa debe gestionar la adquisición del Risdiplam de manera inmediata y coordinada con el Servicio de Salud y el Hospital de Rancagua. “Procede que se adopten medidas tendientes a asegurarle el pleno derecho, por la vía de que aquellas entidades gestionen lo pertinente para la adquisición y suministro del referido medicamento, en la dosis que le ha sido prescrita”, sentencia el fallo.
La resolución también rechazó las excepciones presentadas por las entidades recurridas, señalando que su actuación puso en grave riesgo el derecho a la vida de la menor, en un contexto donde su familia no cuenta con los recursos para costear el tratamiento.